Histórico: Convenio colectivo de trabajo para Elencos Nacionales

El decreto 973 de 2008 que venía regulando toda la actividad de los elencos estables del Ministerio de Cultura de la Nación -coros, orquestas y ballets-, significó oportunamente un avance muy importante respecto de lo que venía sucediendo con anterioridad.

En el Audio, la Directora Nacional de Organismos Estables, Mariela Florencia Bolatti, nos comenta de todos los derechos obtenidos. 

   

Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial que beneficia al personal de  Orquestas, Coros y Ballet Nacionales | Argentina.gob.ar
Mariela Florencia Bolatti

                                                                                             

Claro que las cosas van cambiando, se modifican las condiciones de trabajo y las necesidades, se renuevan los medios de comunicación, va tomando nuevas formas el acceso a la cultura tanto del público como de los propios artistas y aquel decreto necesitó de una revisión y actualización. Porque además, y por cuestiones inherentes a la carrera pública de un artista, sin dudas bien distinta a la otras áreas del estado, se habían ido retrasando con total injusticia los sueldos que recibían por su trabajo que, como contraparte, se fue haciendo cada vez más exigente.                                              Con la idea de actualizar aquel decreto de 2008, de colocar los sueldos a la altura de las circunstancias y los merecimientos, de jerarquizar el trabajo profesional, de garantizar y comprometer desde el estado la optimización de ese desenvolvimiento profesional, de permitir que la principal y casi excluyente preocupación de los artistas fuera la de prepararse para entregar lo mejor de su arte y conocimiento, el estado y los gremios se dieron a la tarea de trabajar sobre un nuevo convenio.                                               

Felizmente, hace pocos días, el Ministro de Cultura de la Nación Tristán Bauer junto a la  Directora Nacional de Organismos Estables Mariela Bolatti, la Jefatura de Gabinete de Ministros representada por su Secretaria de Gestión y Empleo Público Ana Castellani y las representaciones paritarias de los gremios UPCN y ATE firmaron un acuerdo “histórico” que quedará plasmado en un decreto presidencial.                                                                                            De modo, a partir de la puesta en vigencia del nuevo convenio, los artistas recibirán una paga muchísimo más acorde a su destacada tarea profesional y su trabajo tendrá una serie de nuevas garantías que significarán un valioso respaldo para que se desempeñen libres de otras presiones, pero además será posible llegar mucho más abiertamente a los públicos de todo el país y del exterior a través de las transmisiones por las distintas plataformas audiovisuales.
*ANEXO*
*Puntos salientes del nuevo Convenio colectivo de Trabajo sectorial para orquestas, coros y ballets del Ministerio de Cultura de la Nación.*
 • Se aplica (por orden alfabético) al Ballet Folklórico Nacional, la Banda Sinfónica Nacional de Ciegos Pascual Grisolía, la Compañía Nacional de Danza Contemporánea, el Coro Nacional de Música Argentina, el Coro Polifónico Nacional, el Coro Polifónico Nacional de Ciegos Carlos Larrimbe, la Orquesta Nacional de Música Argentina Juan de Dios Filiberto y la Orquesta Sinfónica Nacional.• Se propone un cambio de paradigma respecto del convenio de 2008. En primera instancia, se parte de una misma asignación básica para todos por igual, equiparado a una categoría superior del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) para Profesionales. A partir de allí, se aplicarán los roles específicos de cada agrupamiento y los suplementos, para generar un verdadero concepto de equidad, puesto que todos cobrarán lo mismo por el mismo concepto. 
 • Se dividen las funciones en 3 (tres) agrupamientos principales: músico instrumentista, músico cantante y bailarín, con sus respectivos roles. Pero se suma la novedad del “Promotor de la danza”. Como es sabido, la edad es un gran problema que atraviesan todos los ballets de nuestro país. Eso permitirá que se liberen los cargos para nuevos bailarines más jóvenes y que bailarines experimentados que alcancen los 40 años puedan realizar programas de formación o cumplir otras funciones específicas acordes a su preparación. Otro tema fundamental que se suma al nuevo convenio es el reconocimiento de los derechos de maternidad para las mujeres bailarinas, algo verdaderamente novedoso para nuestro país. 
 • En el nuevo convenio, se agregan a la Compañía Nacional de Danza Contemporánea y el renominado y reformulado Coro Nacional de Música Argentina, creado a partir de lo que fuera el anterior Coro Nacional de Jóvenes. De tal modo, tanto los integrantes de ambos elencos como los que conforman el Ballet Folklórico Nacional pasarán a integrar la planta permanente del Ministerio de Cultura, del mismo modo que los del resto de los elencos.
 • Si bien los elencos estables naturalmente no tienen una carrera vertical como en el resto del Estado y que el desarrollo de su carrera y su crecimiento es horizontal, se incorporará la posibilidad de hacer capacitaciones específicas para ascender y obtener, en consecuencia, un aumento en sus remuneraciones.
 • Se realiza una inversión adicional, inherente a la profesión artística, por el cuidado y mantenimiento de los instrumentos y el cuidado del cuerpo y de la voz. Este adicional significará un incremento significativo al actual. La novedad es que cobrarán el mismo concepto por la misma remuneración, a diferencia de lo que ocurría  en que, por ejemplo, el concertino cobra más por mantener su instrumento que el último violín porque el cálculo estaba atado a la asignación básica de cada categoría. Sin dudas, esto venía generando una gran injusticia, puesto que los insumos o el cuidado del cuerpo y de la voz tienen el mismo costo para todos, independientemente del lugar que ocupen en una orquesta, un coro o un ballet.
 • Se incluye el llamado “Derecho de imagen” dentro de la asignación básica. Esto permitirá que el Ministerio de Cultura de la Nación pueda acceder y difundir sin ningún problema los registros audiovisuales de sus elencos estables.
 • Se abonará un porcentaje de la asignación básica a todos quienes acrediten título universitario o terciario acorde de la tarea que realizan.
 • Se agrega el criterio de “actuación extraordinaria”. Se trata de un suplemento que recibirán todos los artistas que sean convocados a participar de actividades que no están dentro de los roles habituales dentro de sus respectivos elencos. Tal es el caso de las llamadas “solísticas”, como la participación en grupos reducidos, el dictado de seminarios o master clases, etc., algo para lo no podían ser convocados porque no existía la herramienta para abonar esa tarea excepcional.
 • Se mantienen las licencias artísticas con goce de sueldo con un plazo máximo de 28 días anuales para quienes fueran llamados a desarrollar una actividad artística afín y compatible con la jerarquía del elenco estable al que pertenecen, que prestigien al mismo y al Estado Nacional.
 • Se incorporan todas las normativas emanadas del Ministerio de mujeres, géneros y diversidad.
 • Se fijan 35 días de vacaciones para todos por igual, independientemente de la antigüedad que tenga cada uno de los artistas.                                                                                                                                                                             https://www.argentina.gob.ar/noticias/se-celebro-un-nuevo-convenio-colectivo-de-trabajo-sectorial-que-beneficia-al-personal-de

Fuente: Gonzalo Quintas. Prensa Dirección Nacional de Organismos Estables