La Corte Suprema avalará la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para mantener las clases presenciales

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El fallo se conocerá este martes y fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia.

La Corte Suprema de Justicia se pronunciará mañana a favor del gobierno porteño en su decisión de continuar con las clases presenciales, a pesar del nuevo DNU firmado por el presidente Alberto Fernández con más restricciones por la pandemia del COVID-19, y avalaría así la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para definir la modalidad de la educación en su territorio.

Aunque la resolución de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco será ante la presentación que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, realizó cuando el Presidente firmó el primer decreto que venció el pasado viernes, se aguarda el fallo porque fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia y la necesidad de acortar las decisiones en un momentos de tanta gravedad sin que sean judicializados.

Como antecedente, el procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó la semana pasada que era inconstitucional el DNU que suspendió entre el 19 y el 30 de abril las clases presenciales en el AMBA. En su dictamen, sostuvo que el decreto no estaba fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases que dependen de la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.

“Considero que los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, sostuvo Casal en su presentación de 49 páginas. El procurador señaló que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en ese caso no ocurrió.

Tras resaltar que los DNU tienen que ser ratificados por el Congreso, el dictamen agregó que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño. El Ejecutivo le había pedido a la Corte que rechazara la demanda.

“No ha sido debidamente acreditado que el dictado de clases presenciales haya sido la causa del agravamiento de la situación sanitaria a la que aludió el decreto impugnado, en cuyos considerandos se efectúan afirmaciones genéricas acerca de la necesidad de reducir la circulación de personas y el uso del transporte público, sin precisar adecuadamente la supuesta relación directa e inmediata entre las actividades de educación presencial y el crecimiento exponencial de casos en la región”, afirmó el procurador.

Casal dejó para el final de su escrito un mensaje para los gobiernos de la Nación y de la ciudad de Buenos Aires. El procurador habló del “paradigma del federalismo concertado que debe primar en las relaciones interjurisdiccionales, especialmente si se presentan desacuerdos razonables o fricciones que la realidad impone y que no siempre se pueden evitar cuando coexisten dos gobiernos que actúan directamente sobre el mismo pueblo”.

“Estas consideraciones adquieren especial relevancia frente al contexto epidemiológico actual, cuando es público y notorio que, en los últimos días, la situación se ha agravado debido a la propia dinámica y cambiantes características de la situación de la epidemia”, concluyó.

Fuente: Infobae

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