San Juan tendrá la “Ley Provincial de Danza”

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Casi un año de trabajo colectivo y de mucho debate, intercambio y acuerdos, por fin muestra sus resultados. Presentamos oficialmente el proyecto de ley provincial de danza con bombos, platillos y palmas. La cultura es un derecho y la danza es trabajo.

Así lo expresó la Dra Belén Sánchez, que con emosión y mucha alegría, nos cuenta sobre la presentación del anteproyecto de la “Ley Provincial de Danza” en San Juan.

Gracias a todo el equipo que hizo posible esta tarea

Coordinación general: Lic. Giselle Slavutzky- Ab. Gema Mareca Gonzalez.


Comisión técnica-legislativa: Abs. Gema Mareca- Beli Sanchez CPN
Fernanda Palacio.


Comisión de diagnóstico: Mg. Silvana Moreno – Prof. Alicia Flores – Prof. Maria Julia De Nardi.

Comisión de danza, definiciones y conceptos: Méd. Adriana Albernez – Prof.
Cristian Nicolas Gonzalez – Prof. Fla SuperKawaii – Prof. Laura Papeschi.

Comisión de danza, cultura y DDHH: Lic. Giselle Slavutzky- Prof. Alicia
Flores- Prof. Elisa Jaime.

Comisión de danza como industria cultural y creative: Lic. Giselle Slavutzky. Prof. Sandra Lopez – Prof. Silvina Fredes – Prof. Silvina Ortiz – Prof. Cecilia
Villena- Prof. Natalia Luna – Prof. Laura Papeschi.

Comunicación: Lic. Giselle Slavutzky.
Diseño de logo: DG. Marian Fiol

LEY PROVINCIAL DE DANZA- SAN JUAN
Fundamentación
Antecedentes
Desde hace aproximadamente 12 años, la comunidad de la danza de todo el país viene solicitando al estado herramientas institucionales que garanticen el pleno goce y desarrollo de la actividad, así como la asignación específica de recursos con tal fin. El caso más emblemático ha sido, sin dudas, la presentación del anteproyecto de ley nacional de danza que, entre el año 2014 y 2020, tuvo 5 presentaciones, perdiendo estado parlamentario en 4
oportunidades, sin contar con el apoyo político necesario para poder tratar el tema en el Congreso de la Nación.
La movilización más grande que se llevó a cabo para pedir por una ley nacional de danza, sucedió en vísperas del 10 de octubre, día nacional de la danza, del año 2014. Esta movilización recorrió todas las provincias argentinas, visibilizando el pleno apoyo de los distintos sectores de la danza al denominado “proyecto histórico”. Cabe destacar que el sector
danza es el único sector perteneciente al campo de las artes escénicas que no cuenta con su propio instituto; en el año 1997 se creó por ley n° 24800 el Instituto Nacional de Teatro y en el 2013 fue el turno del Instituto Nacional de la Música, creado por la ley n° 26801.
En el concierto nacional sólo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contaba hasta entonces con una herramienta legal que contenía a la danza no oficial, a través del instituto PRODANZA. En el año 2017, Misiones se convirtió en la segunda provincia en crear su propio instituto, pero no fue hasta el año 2020 que el resto de las provincias comenzaron a impulsar sus propios proyectos de manera más contundente. Allí se sumaron Santa Fe, Entre Ríos, La Rioja y San Juan.
Desde el año 2013, distintos colectivos locales se volcaron a trabajar en propuestas organizativas y programáticas que brindaran mayor seguridad y que promovieran el arte de la danza, como expresión cultural y como fuente de trabajo. Coincidentemente, fue en este año que ante la situación presentada por la pandemia de COVID19 y sus ya conocidas consecuencias en todo el sector productivo, y en el sector artístico y cultural, principalmente, los distintos sectores nucleados en asociaciones civiles, colectivos, compañías e institutos, confluyeron en el denominado ACUERDO SAN JUAN. Fue en este contexto que surgió la discusión acerca de la pertinencia de contar con un instrumento legal que atienda específicamente las demandas del sector y que resultó en la conformación de la mesa provincial por la Ley Provincial de Danza.
En este marco, se discutieron las principales problemáticas y alternativas para responder a las necesidades de los/as hacedores y trabajadores de la danza sanjuanina, debate que se centró en 3 ejes fundamentales: danza como expresión cultural; danza como derecho humano y danza como industria cultural. Fruto del trabajo mancomunado de más de 20 voluntarios/as que trabajaron en comisiones, surgió el anteproyecto de ley provincial de danza. La Situación de la danza en la provincia de San Juan
En los últimos quince años, la danza ha experimentado un importante y visible crecimiento y desarrollo en la provincia, y atraviesa actualmente procesos de reflexión y reformulación de su propio hacer en todos sus ámbitos de acción: artístico- creativo, educativo (educación formal y educación no formal), investigación, experimentación e hibridación, recreativo, terapéutico, gestión y producción. Este crecimiento cuantitativo y cualitativo de la actividad no se ha visto acompañado en igual
medida por iniciativas que brinden principalmente un marco de regulación y recursos destinados a la actividad específica de la danza. En general, se advierte la carencia de recursos destinados a la producción escénica, la insuficiente cantidad de espacios aptos para el desarrollo y la creación artística y de circuitos y escenas consolidadas a nivel provincialterritorial, regional y federal que brinden posibilidades de visibilidad e intercambio de
experiencias. Asimismo, se advierte una demanda creciente vinculada a la formación especializada de coreógrafos, bailarines, docentes e investigadores, que se visibiliza en la falta de espacios de investigación, desarrollo teórico y práctico y reflexión sobre la actividad.
En el ámbito de la educación, se advierte un incremento de la comunidad educativa principalmente en la educación no formal, que se sostiene durante los ciclos de la educación primaria y secundaria, pero que cuenta con escasos recursos para sostener las estructuras educativas necesarias. En el campo de la educación formal, la danza aparece como espacio curricular, pero esto no se encuentra acompañado de iniciativas que aseguren profesionales docentes provenientes del sector de la danza.

Acerca de la definición de danza
La danza es una actividad humana universal, patrimonio cultural de las comunidades y por ende de la humanidad, que utiliza el cuerpo y se desarrolla a través de técnicas del movimiento, para expresar ideas, emociones y sentimientos en un determinado tiempo y espacio. Puede adoptar diferentes formas según sean, originarias, folclóricas, clásicas,
modernas o populares. Es una disciplina multidimensional ya que abarca las dimensiones artística, educacional, ocio- recreacional y terapéutica, involucrando así los factores biológicos, sociológicos, históricos, estéticos, técnicos y geográficos, y los elementos técnicos y expresivos propios de la actividad.

Danza, cultura y derechos humanos.

Posicionarnos en una perspectiva de derechos humanos, para hablar de danza, implica reconocer que existen libertades y derechos inalienables de las personas, de los que nadie puede despojarnos; estos derechos han sido conquistados y cristalizados por las comunidades y sectores que se encontraron y encuentran en mayor vulnerabilidad y dichas victorias han
sido plasmadas en instrumentos que constituyen los estándares a los cuales tienen que adecuarse los ordenamientos jurídicos de los Estados. Para estos, dichos instrumentos implican un compromiso asumido con la sociedad civil, establecen criterios, fijan los parámetros mínimos, el piso común a partir de los cuales los Estados tienen el deber de organizar su gestión. Para la sociedad civil, representan un programa de lucha y de legitimidad de esa lucha contra la violencia, los abusos, la desidia, la burocracia de los
gobiernos y demás autoridades que muchas veces impiden que se cumplan efectivamente.
La cultura es un derecho humano, instrumentado en tratados internacionales (Declaración universal de Derechos Humanos; Convención Americana de Derechos Humanos; Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural) reconocido en nuestro país en la Constitución Nacional (Art. 75, inc. 17, 19 y 22) y garantizado en la provincia de
San Juan en los Art. 15 y 23 de la carta magna provincial. Al ejercicio de dicho derecho Toby Miller y George Yúdice lo denominan ciudadanía cultural. (Miller, T y Yúdice, G; 2004). En este sentido es importante resaltar que el reconocimiento instrumental de los derechos es sólo una parte de la acción positiva del Estado en relación con la garantía de los mismos, es necesario entonces desarrollar políticas y acciones concretas que desarrollen y permitan la ampliación y circulación de los beneficios derivados del reconocimiento de derechos en toda la sociedad.
La danza, entendida desde una perspectiva de derechos humanos y como un derecho cultural, entonces, es una manifestación que debe ser garantizada para el goce y práctica de toda la comunidad involucrada directamente a ella (hacedores) así como el disfrute de toda la
ciudadanía. Y en este caso, el hecho de no contar con legislación nacional que garantice este derecho relega a toda la comunidad danzaria a un estado de darwinismo social donde sólo sobrevive el o la más apto/a, afectando directamente el derecho al trabajo y donde el goce y práctica de dicha expresión sólo queda en esferas acotadas de la sociedad. La danza, es una
de las primeras manifestaciones humanas que ha permitido a los pueblos comunicarse y expresarse a lo largo del tiempo; además es también un sistema de representaciones y una herramienta de transformación subjetiva y social; una herramienta discursiva que a través del
cuerpo recupera, interpela y cuestiona las marcas de nuestros tiempos, los imaginarios colectivos, las identidades.
La danza como industria cultural y creativa
La danza es uno de los sectores que integran el complejo de las industrias culturales y creativas. Industrias que en nuestra provincia representan el 2, 33% del PBG, de acuerdo a datos obtenidos del libro “Evolución”. Asimismo, la danza se considera como un arte escénica, que en términos generales, significa el 28% del total. Sin embargo, no existe en la actualidad información estadística oficial que pueda servir para dimensionar el gran aporte que representa la cadena de valor asociada a la danza. A través de
datos informales, obtenidos de registros internos de las asociaciones civiles Asociación Sanjuanina de Bailarines, Profesores de Danza y Afines; Red Privada Integral Educativarama artística y Asociación Sanjuanina de Espacios Culturales y Artísticos Independientes, se estima que existen 200 instituciones orientadas a la formación en danza en las cuales
trabajan un promedio de 1000 docentes en total; 500 hacedores que trabajan en el circuito independiente de la danza y una comunidad de 4000 personas en los distintos roles: docentes, coreógrafos/as, directores/as, investigadores, propietarios/as de salas de ensayo, docentes, bailarines, estudiantes, alumnos/as. Se encuentran vinculados a la danza, además,
vestuaristas, escenógrafos/ as, maquilladores/ as, iluminadores/ as, sonidistas, ultileros/as, traspuntes, realizadores audiovisuales, etc.
No sólo estamos describiendo, en este caso, una gran comunidad con un desarrollo exponencial en términos nominales, sino que este crecimiento se traduce en recaudación impositiva y más fuentes de trabajo. Sin ir más lejos, en el año 2021 trabajaron en el marco del Verano Cultural, programa co-organizado entre colectivos de artistas y el Ministerio de Turismo y Cultura de la provincia de San Juan, más de 300 hacedores de la danza que
contribuyen con sus ingresos a la circulación de la economía local.

En este sentido, es oportuno citar a Paula Rodriguez Capomassi (Rodriguez
Capomassi, 2017)
“La fuerza de trabajo involucrada por el sector cultural es mucho mayor
de lo que comúnmente se cree y de lo que registran los diversos estudios
sobre el empleo en nuestros países. Entre otras razones, porque gran parte
del trabajo aparece registrado en rubros desagregados en función de la
variable cultural. Esto es válido no sólo para el empleo estatal sino también
privado. Pero el hecho de que el trabajo generado por el sistema cultural
sea invisible en censos y análisis del empleo no explica todo. Tampoco lo
explica el hecho de que el número de “trabajadores culturales” que logran
altos niveles de ingreso sea reducido.”
La falta de instrumentos nacionales que fomenten la actividad de la danza
tampoco permite vislumbrar espacios y circuitos exclusivos de la actividad, que habitualmente comparte con el teatro. Sumando a esto, la provincia de San Juan sólo cuenta con 4 teatros oficiales en gran San Juan y Albardón, cuya programación no es exclusiva de danza.
Un dato importante a tener en cuenta es que en las últimas fiestas provinciales de teatro, los elencos de danza o danza/teatro se han situado en los primeros lugares del podio, representando en distintas instancias oficiales a la provincia. Tampoco es menor que cerca del 40% de subsidios de producción de obra y becas de formación e investigación del Instituto Nacional del Teatro son solicitadas por hacedores de la danza local.
En el año 2020, el Ministerio de Turismo y Cultura de la provincia destinó
alrededor de $7.000.000 al sector danza, entre contrataciones, subsidios y el
programa emprendedor cultural.
Proyecto de ley provincial de danza
El presente proyecto fue discutido y consensuado por referentes de distintas disciplinas de la danza local y representantes de las 5 asociaciones civiles vinculadas a la danza en la provincia, organizadas en la mesa provincial de danza.
La redacción de dicho proyecto constó de varias etapas; una instancia abierta, asamblearia que se desarrolló entre julio y octubre de 2020, en la que se expusieron el grueso de los argumentos que fundamentan la necesidad de la ley.

En una segunda etapa, entre octubre y diciembre de 2020, se organizaron
comisiones de trabajo, bajo coordinación de la Lic. Giselle Slavutzky y la Ab.
Gema Mareca. Finalmente, el proyecto fue redactado por una comisión técnicalegislativa integrada por las Ab. Gema Mareca y Belén Sánchez y la CPN Fernanda Palacio. La fundamentación fue escrita por la Lic. Giselle Slavutzky.
El objeto del mismo consiste en 3 ejes fundamentales: definir el concepto y
alcance de la actividad de la danza; identificar y garantizar derechos a los sujetos vinculados al quehacer danzario y, finalmente, crear el Instituto Provincial de la Danza.
El texto está organizado en 4 títulos, de acuerdo al siguiente detalle:
Título I- Generalidades. Incluye un capítulo único en el cual se define a la danza y a los sujetos de derecho, con especial énfasis en los trabajadores del sector.
Título II- Instituto Provincial de Danza. Incluye los capítulos I a V. En el
articulado se propone la creación del IPD, identificando su misión y funciones, y se describen cada uno de los órganos que lo integran y las instancias que incluye en su esfera.
Título III- Régimen económico y financiero. Incluye los capítulos I a IV
apuntando su atención en el patrimonio, origen, destino y control de los recursos destinados al IPD.
Título IV- Otras disposiciones. Incluye 2 capítulos en los que se definen las
situaciones de infracción, las multas correspondientes y artículos de forma.
Equipo de trabajo.
Coordinación general: Lic. Giselle Slavutzky- Ab. Gema Mareca
Comisión técnica-legislativa: Abs. Gema Mareca-Belén Sanchez- CPN
Fernanda Palacio
Comisión de diagnóstico: Mg. Silvana Moreno- Prof. Alicia Flores- Prof. María Julia De Nardi.
Comisión de danza, definiciones y conceptos: Méd. Adriana Albernez- Prof.
Cristian González- Prof. Flavia Moncunill- Prof. Laura Papeschi.

Comisión de danza, cultura y DDHH: Lic. Giselle Slavutzky- Prof. Alicia
Flores- Lic. Elisa Jaime.
Comisión de danza como industria cultural y creative: Lic. Giselle SlavutzkyProf. Sandra Lopez- Prof. Silvina Fredes- Prof. Silvina Ortiz- Prof. Cecilia Villena- Prof. Natalia Luna- Prof. Laura Papeschi.

Referencias

Castañeda, Alicia. (2011). Escritos sobre la escena sanjuanina. Producciones, recepciones, circuitos.
San Juan: Universidad Nacional de San Juan.
Citro, S. y. (2012). Cuerpos en movimiento. Antropología de y desde las danzas. Buenos Aires:
Biblos.
Dallal, A. (2007). Los elementos de la danza. México: Universidad Nacional Autónoma de México.
García Canclini, N. (s.f.). Culturas híbridas. Estrategias para entrar y salir de la modernidad.
Guerra, R. (2003). Apreciación de la danza. La Habana: Letras cubanas.
Isse Moyano, M. (2013). La danza en el marco del arte moderno/contemporáneo. Buenos Aires:
IUNA.
Rodriguez Capomassi, P. (2017). Danza y gestión cultural argentina en el siglo xx. CABA: Tesis de maestría.
Ley nacional n° 24.800, INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO (1997)
Ley n° 340/GCBA, Instituto PRODANZA (2000)
Ley VI n° 200, provincia de Misiones, Instituto Provincial de Danza (2017)
Anteproyecto Ley Nacional de Danza (proyecto histórico) www.leynacionaldedanza.org

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